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Suspensión de Plazos y Cumplimiento de NOM en importaciones

Redacción Skatt 1 de abril de 2020

Estimados clientes y amigos,

Con base en el Acuerdo emitido por el Consejo de Salubridad General a través del cual se hace la declaratoria de pandemia de la enfermedad por el virus SARS CoV2 (COVID-19) en México, la Secretaría de Economía dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de marzo de 2020, el “Acuerdo por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19”, mediante el cual suspenden todos los términos de los trámites, procedimientos y recursos que se siguen ante esa Secretaría.

Igualmente, ese mismo día se dio a conocer el oficio 414.2020.827, emitido por la Dirección General de Normas, a través del cual se comunicó la facilidad administrativa para las empresa que cuenten con el Programa PROSEC de exentar el cumplimiento de los certificados de NOM al momento de realizar la importación a México de insumos, materia prima y activo fijo, aún y cuando los bienes no estén comprendidos en la lista del artículo 5 del Decreto PROSEC.

Con dichas medidas y facilidades se busca mitigar la contingencia de salud y económica que implica la declaración de pandemia del COVID-19. De nuestra parte estaremos pendientes del avance y se les informará de manera oportuna cuando estas medidas dejan de tener vigencia.

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Como siempre, los Socios y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente boletín.

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