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In recent years, Latin America has become an important region for the development of Fintech at the global level, considering Nubank’s IPO as one of the most relevant milestones in this sector.
Due to the relevance that this market has and will have in future years, this report seeks to provide a general overview of the regulatory and tax framework that is in effect in the different countries of Latin America that have made progress in this process, such as Mexico, with the publication of the Fintech Law in 2018 and Brazil with the approval of the Open Banking project in 2019, as well as the future perspectives that participants in this market should consider given the constant evolution of the legal framework in the different countries of the region.
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En SKATT, vamos más allá de tus necesidades. Los temas expuestos y contenido no tienen como finalidad constituir una asesoría fiscal específica de parte de SKATT Asesores Fiscales, S.C., de sus socios, asociados o alguno de sus empleados.
Tampoco comprenden el diseño, comercialización, organización, implementación o administración de un servicio que pueda constituir un “esquema reportable” en términos de lo dispuesto por el artículo 197 y demás correlativos del Código Fiscal de la Federación en vigor. Su uso es solamente con fines informativos, y, por lo tanto, será responsabilidad del lector su adecuada interpretación y uso.
A través de la reforma al Artículo Décimo Séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, dada a conocer el día 09 de junio de 2022 a través de la Primera Versión Anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, se formaliza el comunicado realizado por el SAT el día previo, en el sentido de que para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI´s podrán optar por emitirlos en su versión 3.3, difiriendo la entrada en vigor de la versión 4.0 hasta el 1º de enero de 2023.
Adicionalmente, se establece que para la emisión de los CFDI’s que amparan retenciones e información de pagos, se podrá optar por diferir la aplicación de la versión 2.0 y emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022; siendo esto también aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.
Consistente con lo anterior, se modifica el Artículo Quinto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, para señalar que el Anexo 29 publicado en el DOF el 10 de mayo de 2021, mismo que contiene disposiciones normativas, especificaciones tecnológicas y validaciones adicionales a las establecidas en el Anexo 20 de la citada Resolución, será aplicable para la versión 3.3 de CFDI hasta el 31 de diciembre de 2022, excepto lo previsto en la fracción VI de dicho anexo.
Cabe recordar que la aplicación de las versiones 4.0 y 2.0 estaba prevista para entrar en vigor a partir del 1º de julio de 2022.
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Los Socios y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente boletín.
Mediante comunicado emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de fecha 08 de junio de 2022, se difiere la obligación de migrar hacia la nueva factura electrónica 4.0 al 1º de enero de 2023. En este sentido, se encuentra pendiente que el SAT publique esta prórroga de manera oficial.
Lo anterior, se señala que es con el fin de otorgar facilidades administrativas a los contribuyentes, dada la problemática que a través de diversos foros han manifestado para adecuar sus sistemas e información requerida de terceros a los requerimientos de la nueva modalidad de factura electrónica.
Adicionalmente, mediante el mismo comunicado, se les pide a las personas físicas y morales que al día de hoy ya cuentan con la nueva versión de facturación 4.0, continúen con ella con la finalidad de socializar el uso de la misma.
Así mismo, a través del citado comunicado, se sugiere a los contribuyentes que conozcan y mantengan actualizada en todo momento su información fiscal contenida en la Constancia de Situación Fiscal, misma que asimilan a su acta de nacimiento, dados los datos personales y particularidades fiscales en ella incluidos.
Otro aspecto a destacar es que el contribuyente puede entregar la información contenida en la Constancia de Situación Fiscal a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar o entregar el referido documento.
Para mayor facilidad de consulta, aquí compartimos, el comunicado del SAT.
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Si no tuviste oportunidad de asistir o deseas escuchar nuevamente el Webinar «Tasas Efectivas de ISR», te compartimos la grabación completa:
Dentro de los cambios fiscales para 2022, se encuentra la nueva versión CFDI 4.0, la cual es obligatoria a partir del 1 de Julio de 2022, y será la única versión válida para generar los mencionados CFDI.
Por lo anterior, sugerimos estar preparados para su emisión, para lo cual es necesario recabar previamente los datos completos de clientes y empleados, a fin de estar en posibilidad de cumplir con dicha obligación de manera correcta y en tiempo, ya que la autoridad ha externado que no existirá prórroga para la entrada en vigor de esta versión CFDI 4.0
Para la facturación a clientes será necesario contar con la siguiente información:
Para la emisión de CFDI de nómina será necesario contar con:
Para obtener los datos mencionados de manera correcta, es importante contar con las Constancias de Situación Fiscal (CSF), para lo cual, el SAT ha establecido las siguientes herramientas para su obtención:
Por otro lado les compartimos que el SAT ha liberado la siguiente herramienta para realizar la validación de RFC, nombre y código postal de cualquier contribuyente, ya sea de manera individual o mediante carga masiva: https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ValidaRFC/index.jsf
Consideramos que esta herramienta será de gran ayuda para confirmar los datos tanto de clientes como de los trabajadores.
Para empresas que cuenten con 1,500 trabajadores o más, diversos gremios empresariales han publicado la opción de solicitar al SAT los CSF de sus empleados, enviando dicha solicitud al correo electrónico: cifmasivas@sat.gob.mx, mismas que serán entregadas a los trabajadores. Para lo cual, dichos comunicados refieren que se deberá:
Cabe señalar que el SAT no ha emitido comunicado oficial alguno en relación con dicho trámite.
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Si no tuviste oportunidad de asistir o deseas escuchar nuevamente el Webinar «Beneficiario Controlador», te compartimos la grabación completa y el material de la presentación
Beneficiario Controlador – Quiénes deben cumplir con esta obligación, en qué consiste y cuáles son sus alcances.
Les compartimos el comunicado de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022 y su Anexo 1-A Tercera Versión Anticipada, a través del cual el SAT otorga una prórroga para la presentación de los pagos provisionales y mensuales definitivos del mes de enero de 2022, para que se realice a más tardar el próximo lunes 21 de febrero; esto derivado de las fallas que ha tenido su nueva plataforma:
Downtown Santa Fe Av. Santa Fe 428 Torre III, Piso 20 Lomas de Santa Fe, 05300, Cuajimalpa, Ciudad de México T +52(55) 1105 6500
Corporativo H+C,
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Fracc Terranova C.P. 44689
Guadalajara, Jal.
T +52 33 1404 0140
Edificio Orvit Torre I
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