El pasado 14 de noviembre de 2022, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la “Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2023”, mediante la cual, entre otros aspectos, se establece la recaudación que la Federación estima obtener, así como diversas reglas y beneficios que serán de aplicación para dicho ejercicio 2023.
Estimación de recaudación de ingresos
Se estima una recaudación total de 8 billones 299 mil 647.8 millones de pesos, los cuales, representan un aumento del 17.09%, en comparación con la recaudación estimada el ejercicio 2022.
De esta recaudación total, 4 billones 623 mil 583.1 millones de pesos corresponden a impuestos, de los cuales mostramos la variación entre 2022 y 2023:
Tasa de recargos
Se conserva la tasa de recargos de 0.98% mensual aplicable para el pago de créditos fiscales. Asimismo, no se modifican las tasas de recargos para pagos en parcialidades:
Reducción de multa en autocorrección fiscal de los contribuyentes
Se mantiene el beneficio fiscal de la reducción en multas por infracciones derivadas de incumplimiento de obligaciones fiscales distintas de las de pago, para contribuyentes sujetos a revisión electrónica.
Estímulos fiscales
Ahora bien, en materia de estímulos fiscales, señalamos aquellos que se mantienen para el ejercicio 2023:
Tasa de retención bancos
La tasa de retención de ISR por los intereses que paguen las instituciones del sistema financiero aumentará para el ejercicio 2023, pasando del 0.08% al 0.15%.
Apoyo económico sismos 2017
Se conserva el beneficio para las personas físicas que tengan su casa habitación en las zonas afectadas por los sismos del ejercicio 2017, para no considerar como ingresos acumulables los apoyos recibidos, siempre y cuando sean otorgados por donatarias autorizadas y se destinen a la reconstrucción o reparación de su casa habitación.
***
Como siempre, los Socios y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente boletín.