El 13 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, mediante el cual se estableció un arancel exento para las mercancías clasificadas en la fracción arancelaria 9803.00.01, correspondiente a partes y componentes destinados al ensamble de automóviles.
Esta medida sustituye temporalmente el arancel de importación del 10% y tendrá una vigencia de cinco años a partir del 14 de octubre de 2026. Sin embargo, el Decreto no precisó inicialmente el alcance del beneficio ni las condiciones específicas para su aplicación.
Por esta razón, el 16 de octubre de 2026, la Secretaría de Economía emitió una tarjeta informativa para aclarar las empresas a las que está dirigida la medida y los requisitos que deberán observarse.
Los principales aspectos se describen a continuación:
La exención arancelaria tiene como principales objetivos:
La Secretaría de Economía aclaró que la medida está dirigida a fabricantes de vehículos que cuenten con instalaciones productivas en México y cumplan con los requisitos aplicables, entre ellos, contar con la autorización para operar bajo el régimen de depósito fiscal para el ensamble y la fabricación de vehículos.
En consecuencia, la exención no constituye un beneficio general para cualquier empresa que importe partes o componentes automotrices ni permite acceder automáticamente al arancel exento por el solo hecho de que las mercancías se destinen al ensamble de vehículos.
Entre las condiciones previstas para acceder al beneficio se encuentran:
Las empresas interesadas deberán revisar la clasificación arancelaria de las mercancías que pretendan importar y confirmar que cumplen con las autorizaciones, permisos y demás condiciones aplicables antes de considerar el arancel exento en sus operaciones.
También será importante dar seguimiento a los lineamientos, criterios y disposiciones complementarias que emitan las autoridades para regular la aplicación del beneficio.
El equipo de Comercio Exterior de Skatt se mantiene atento al desarrollo de esta medida y a sus posibles implicaciones, con el propósito de apoyar a las empresas en la evaluación de los requisitos aplicables a sus operaciones.