Ante la declaratoria oficial emitida por la Casa Blanca de los Estados Unidos el pasado sábado 1ro de febrero de 2025, de acuerdo con la orden ejecutiva 14194 y 14198, el gobierno del presidente Trump formalizó la aplicación de aranceles adicionales a todos productos mexicanos en un 25%.
Les damos a conocer los aspectos relevantes:
- Entrada en vigor: a partir de las 12:01 del 4 de marzo de 2025.
- La medida no tiene periodo para considerarse que será temporal, por lo que se aplicarán de forma indefinida.
- Se aplica el 25% bajo el concepto de arancel adicional, lo cual implica que sobre la tasa de aranceles que establece la Tarifa Arancelaria de los EE.UU., se deberá calcular un 25% adicional.
- Asimismo, el 25% de aranceles adicionales se deberá sumar a derechos antidumping y cuotas compensatorias.
- Para el procedimiento aduanero se utilizará una nueva fracción arancelaria genérica identificada como la 9903.01.01 para todas las importaciones de artículos que sean productos de México.
- También aplica para el uso personal, incluyendo los artículos en el equipaje acompañado de las personas que lleguen a Estados Unidos, los cuales estarán sujetos a una tasa arancelaria ad valorem adicional del 25%.
Tratado T-MEC
- Aunque México y EE.UU. mantienen el acuerdo comercial, los productos importados bajo las reglas de origen del Tratado serán también afectados con el arancel adicional del 25%. Es decir, la tasa mínima aplicable será del 25%.
Excepciones:
No se aplicará la tasa del 25% tratándose de las siguientes condiciones:
- Se utilizará la fracción arancelaria 9903.01.02 para identificar mercancías por donaciones humanitarias como alimentos, ropa y medicina.
- Se utilizará la fracción arancelaria 9903.01.03 para artículos como libros, películas, música y obras de arte.
- Las operaciones de bienes que sean importadas a EE.UU. para reparación o para un proceso temporal se clasificarán en el capítulo 98 de la Tarifa.
Recomendaciones:
- Revisar los montos de las fianzas (continuos bond) a fin de que se garantice adecuadamente conforme a sus montos de exportación a los EE.UU.
- Revisar la calificación de origen de sus productos manufacturados en México y emitir el certificado de origen correspondiente a fin de no rebasar la tasa del 25%.
Hasta el momento de parte del gobierno mexicano no ha existido una contraposición a las acciones tomadas por los EE.UU.
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