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Se publicó la Cuarta Resolución de Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022

Rodrigo García 9 de diciembre de 2022

Les informamos que el día 05 de diciembre de 2022 se publicó a través del Diario Oficial de la Federación la CUARTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, misma que entrará en vigor el 12 de diciembre de 2022.

A continuación se destacan los siguientes aspectos de la publicación en cuestión:

VEHÍCULOS USADOS

Se modifican las reglas:

3.5.5 – Para el tema de exención de permiso para la importación de vehículos al amparo del “Decreto de vehículos usados”, se actualizan las fracciones arancelarias: 8704.42.02, 8704.43.02, 8704.52.02, 8701.21.01, 8701.22.01, 8701.23.01, 8701.24.01, 8701.29.01 y se elimina la fracción 8701.20.02.

3.5.6 - Para el tema de importación definitiva de vehículos a frontera al amparo del “Decreto de vehículos usados”, se actualizan las fracciones arancelarias 8704.42.02 y 8704.52.02. 

3.5.8 - Para el tema de cambio de régimen de vehículos temporales, se establece que las personas físicas propietarias de vehículos que se encuentran en el país en importación temporal, con NIV de fabricación o ensamble en México, E.U.A. o Canadá, clasificados conforme al “Decreto de vehículos usados”, podrán tramitar su importación definitiva.

LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN

Se da a conocer que los sistemas utilizados en las operaciones de comercio exterior se encuentran listos para operar conforme a la nueva LIGIE, por lo que esta ley entrará en vigor el 12 de diciembre de 2022.

CARTA PORTE

Lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado con complemento Carta Porte, este será exigible a partir del 01 de agosto de 2023.

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