El 31 de julio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, para dar a conocer la ampliación del cumplimiento de la MVE hasta el 30 de septiembre de 2026.
A continuación, les compartimos los detalles de la publicación:
Manifestación de Valor Electrónica
A un día de cumplirse la fecha para dar inicio la obligación de la transmisión de la MVE, el SAT anuncia una cuarta ampliación hasta el 30 de septiembre de 2026 (es decir, dos meses más) para que los importadores deban dar cumplimiento conforme al esquema previsto en la regla 1.5.1. de las RGCE para 2026. Lo anterior significa que la nueva fecha para considerarse obligatoria la transmisión electrónica es a partir del 1 de octubre de 2026.
Se precisa también que los importadores podrán optar por transmitir el nuevo formato E15 “Información de contratos asociados a la Manifestación de Valor”, en el que se proporcionarán los datos generales de los contratos relacionados con la operación. Lo anterior será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026.
Entrada en vigor
La Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sin embargo, como se trata de una versión anticipada, su contenido podría estar sujeto a modificaciones, por lo que daremos seguimiento a su publicación en el DOF para actualizar cualquier cambio.
Estamos aquí para brindarles cualquier información adicional que puedan necesitar, así como para responder a sus preguntas y comentarios. No duden en contactarnos si requieren más detalles o asistencia con respecto a esta situación.