El 27 de diciembre de 2024 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México una serie de reformas al Código Fiscal de la Ciudad de México, aplicables para el ejercicio fiscal 2025.
A continuación, se presentan los detalles de las modificaciones más relevantes, por lo que recomendamos que se revisen detalladamente estas reformas tomando en cuenta la situación y circunstancias particulares de cada caso:
- Incremento en la tasa del Impuesto sobre Nóminas (ISN)
La tasa del ISN para 2025 experimentará un aumento de un punto porcentual en comparación con el ejercicio anterior, quedando establecida en un 4%. Sin embargo, se introducirá un beneficio fiscal consistente en una reducción del 1% para microempresas (con hasta 10 empleados) y del 0.5% para pequeñas empresas (de 11 a 50 empleados), en cuyo caso quedarían en un 3% y en un 3.5%, respectivamente.
Reducción del 1% a las empresas que inicien operaciones y aquellas que anualmente acrediten que en los doce meses anteriores a la presentación de la declaración incrementaron en un 33% el número de sus trabajadores, las cuales quedarían en un 3% como lo era hasta el ejercicio 2024.
- Nuevo impuesto ecológico sobre las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera
El nuevo impuesto grava a las personas físicas y empresas que operen fuentes fijas en la Ciudad de México y emitan gases contaminantes.
El impuesto se calcula aplicando una cuota de $58 pesos por cada tonelada de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso emitidos a la atmósfera.
Se establece la obligación de presentar declaraciones mensuales el día 17 del mes siguiente a aquel en el cual se emitieron los gases contaminantes. Asimismo, se debe presentar una declaración anual el 31 de julio del ejercicio fiscal siguiente a aquel en el que se emitieron los gases contaminantes.
Los contribuyentes deben registrarse con la autoridad y mantener un Registro de Emisiones Contaminantes conforme a las reglas que serán emitidas.
Los ingresos generados serán destinados a proyectos de infraestructura, movilidad, agua y seguridad ambiental.
- Modificación en la tarifa del Impuesto Predial
Se ajusta la tarifa del impuesto predial, eliminando la regresividad de la misma y asegurando su progresividad. Se mantendrán los beneficios fiscales ya establecidos, y se implementará una nueva obligación de declaración informativa para propietarios de inmuebles en rangos específicos de valor catastral. Además, se otorgan subsidios y condonaciones en función de las condiciones de los inmuebles.
- Ajustes al Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles
Se actualiza la tarifa del impuesto sobre la adquisición de inmuebles para alinearla con principios de progresividad, manteniendo los beneficios fiscales previos. Asimismo, se introduce una reducción del 50% en este impuesto cuando la adquisición sea por sucesión hereditaria, bajo ciertas condiciones.
- Se mantiene el subsidio al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
El subsidio se mantiene para personas físicas o morales sin fines de lucro, siempre que el valor del vehículo no exceda los $250,000 pesos.
- Condonación del Derecho por Suministro de Agua
Se establece una condonación total del derecho por el suministro de agua en casos donde haya insuficiencia de agua para el uso doméstico, mixto o en mercados y concentraciones.
- Devoluciones mediante certificados
En caso de que no exista suficiente presupuesto, las devoluciones que deba realizar la autoridad se efectuarán a través de un certificado de devolución, el cual podrá ser utilizado para el pago de la misma contribución. Este sistema se prioriza en lugar de las transferencias electrónicas, incentivando el uso de tecnologías de la información.
Compartir