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“Iniciativa para prohibir la Subcontratación Laboral y regular otras formas de contratación”

Redacción Skatt 12 de noviembre de 2020

Tal vez contrario a lo que el sector empresarial del país podría estar esperando como iniciativas para incentivar la economía y generación de empleos, el día de hoy el Poder Ejecutivo envió al Congreso de la Unión para su análisis y, en su caso aprobación, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado”, en materia de subcontratación laboral.

De acuerdo con la exposición de motivos, en la actualidad, la práctica del régimen de subcontratación laboral se ha convertido en prácticas abusivas o simuladas en perjuicio de los trabajadores, dañando principalmente los derechos laborales de éstos y la consecuente evasión de impuestos.

En este sentido, la propuesta enviada por el Presidente de la República se encamina a la reforma de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta y Ley del Impuesto al Valor Agregado, con el fin de lograr, en términos generales, lo siguiente:

  • Prohibir y castigar el uso de la figura de Subcontratación Laboral. Esto es, no se permitirá la deducción del gasto en el ISR y tampoco el acreditamiento del IVA. Ello sin importar si se trata de operaciones entre empresas de un mismo grupo (insourcing).

  • Regular la prestación de servicios especializados. Se permitirá con autorización de la Secretaría del Trabajo y cumplimiento de otros requisitos. Asimismo, se pretende castigar como defraudación fiscal la simulación de tales servicios.

  • Delimitar las actividades de las agencias de colocación de personal. Su intervención debe estar limitada a ciertas actividades.

En breve emitiremos un boletín en el que señalaremos con mayor detalle nuestro análisis de la presente iniciativa de reforma.

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Los Socios y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente boletín.

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