Si no tuviste oportunidad de asistir o deseas escuchar nuevamente el Webinar «Tasas Efectivas de ISR», te compartimos la grabación completa:
Dentro de los cambios fiscales para 2022, se encuentra la nueva versión CFDI 4.0, la cual es obligatoria a partir del 1 de Julio de 2022, y será la única versión válida para generar los mencionados CFDI.
Por lo anterior, sugerimos estar preparados para su emisión, para lo cual es necesario recabar previamente los datos completos de clientes y empleados, a fin de estar en posibilidad de cumplir con dicha obligación de manera correcta y en tiempo, ya que la autoridad ha externado que no existirá prórroga para la entrada en vigor de esta versión CFDI 4.0
Para la facturación a clientes será necesario contar con la siguiente información:
Para la emisión de CFDI de nómina será necesario contar con:
Para obtener los datos mencionados de manera correcta, es importante contar con las Constancias de Situación Fiscal (CSF), para lo cual, el SAT ha establecido las siguientes herramientas para su obtención:
Por otro lado les compartimos que el SAT ha liberado la siguiente herramienta para realizar la validación de RFC, nombre y código postal de cualquier contribuyente, ya sea de manera individual o mediante carga masiva: https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ValidaRFC/index.jsf
Consideramos que esta herramienta será de gran ayuda para confirmar los datos tanto de clientes como de los trabajadores.
Para empresas que cuenten con 1,500 trabajadores o más, diversos gremios empresariales han publicado la opción de solicitar al SAT los CSF de sus empleados, enviando dicha solicitud al correo electrónico: cifmasivas@sat.gob.mx, mismas que serán entregadas a los trabajadores. Para lo cual, dichos comunicados refieren que se deberá:
Cabe señalar que el SAT no ha emitido comunicado oficial alguno en relación con dicho trámite.
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Los Socios y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente boletín.
Si no tuviste oportunidad de asistir o deseas escuchar nuevamente el Webinar «Beneficiario Controlador», te compartimos la grabación completa y el material de la presentación
Beneficiario Controlador – Quiénes deben cumplir con esta obligación, en qué consiste y cuáles son sus alcances.
Les hacemos un atento recordatorio a las empresas que durante el ejercicio de 2021 hayan contado con la autorización de los programas de Promoción Sectorial (PROSEC) y de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), para que den cumplimiento a la presentación del reporte anual de operaciones de comercio exterior correspondientes a las cifras de 2021. Las fechas de vencimiento para su presentación son las siguientes:
Así mismo, a manera de prevenir cualquier posibilidad de riesgo, les compartimos que en el caso de no atender la obligación de presentar en tiempo el reporte, la Secretaría de Economía tiene la facultad de suspender de forma automática los programas que correspondan, lo cual implicaría dejar de gozar los beneficios del programa autorizado. Para el caso particular del programa IMMEX un efecto colateral importante puede ser la suspensión de la Certificación en materia de IVA e IEP e inclusive la Certificación modalidad OEA.
Resulta valioso recordarles esta información de los plazos y sus efectos, a fin de dar cumplimiento a esta obligación y evitar afectar de manera temporal o definitiva sus operaciones de comercio exterior.
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Como siempre, los Socios y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente boletín.
Mediante el comunicado número 013/2022 de fecha 09 de marzo de 2002, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó sobre la extensión al periodo de transición para emitir sin sanciones el complemento Carta Porte. Esta nueva extensión queda hasta el día 30 de septiembre de 2022.
Paralelamente, en el Portal del SAT se publicó la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 de donde se advierte la modificación del Artículo Transitorio Primero, fracción II de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, en el que se define que el Complemento Carta Porte será exigible a partir del 01 de octubre de 2022.
Por el mismo medio, también se publicó la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, de la cual se alteró el Artículo Transitorio Cuadragésimo Séptimo para alinear la extensión de la aplicación del complemento en cuestión.
El argumento del SAT para aplicar esta nueva extensión responde a que aún se encuentra en proceso de incorporación de algunos usuarios a la plataforma.
Nos mantendremos atentos a la publicación de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 en el Diario Oficial de la Federación para confirmarles a ustedes la fecha de extensión para las operaciones que se relacionan con transacciones aduaneras.
Por último, es importante precisar que para efectos de comercio exterior, la obligación de declarar el número del folio del CFDI con complemento carta porte en el pedimento de importación inició desde el 1 de enero de 2022.
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Para los escenarios previamente señalados, el omitir su presentación en el plazo establecido generaría la suspensión de forma automática del programa correspondiente y el inicio del procedimiento de cancelación por parte de la Secretaría de Economía (SE) en caso de no regularizarse.
Derivado de lo anterior, resulta importante tener en cuenta dichos plazos a efecto de cumplir cabalmente con sus obligaciones y evitar afectar de forma temporal o definitiva la operación bajo dichos programas.
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Les compartimos el comunicado de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022 y su Anexo 1-A Tercera Versión Anticipada, a través del cual el SAT otorga una prórroga para la presentación de los pagos provisionales y mensuales definitivos del mes de enero de 2022, para que se realice a más tardar el próximo lunes 21 de febrero; esto derivado de las fallas que ha tenido su nueva plataforma:
SKATT ha sido reconocida por 4ta ocasión en el Ranking de World Tax 2022 en la práctica de: General Corporate Tax y en el Ranking World Transfer Pricing 2022.
Además, en el Highly Regarded Practitioners han sido reconocidos nuestros Socios: Viviana Belaunzarán, Rodrigo Covarrubias, Jaime Rojas, Julia Castillo, Felipe Mendoza, Paola Gutiérrez y Emilio Ángeles.
Los reconocimientos que recibimos de ITR (International Tax Review) forman parte importante de nuestro compromiso constante con ustedes de ir siempre más allá de lo esperado.
El pasado día 27 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el ejercicio 2022 (RMF 2022).
Esta RMF para el ejercicio 2022, contiene nuevas reglas que regulan disposiciones establecidas en la Reforma Fiscal para 2022, lo cual quedó establecido por el legislativo. De tal suerte, que se establecen diversas reglas con temas relacionados con comprobantes fiscales digitales (emisión, cancelación, notas de crédito, etc.), carta porte, fusión y escisión, cancelación o suspensión de certificados de sello digitales, beneficiario controlador, régimen simplificado de confianza (tanto de personas morales como físicas), plataformas digitales, etc.
A continuación, mencionamos las principales disposiciones que a nuestro juicio afectarán el cumplimiento de las obligaciones fiscales para este ejercicio 2022, así como también mencionamos las principales reglas que fueron derogadas, y el motivo que, desde nuestro punto de vista, originó su derogación.
Es nuestro compromiso estar en constante actualización y por esta razón, en esta ocasión les compartimos las Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2022 en Materia de Precios de Transferencia…
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Socia de Valuaciones y Precios de Transferencia
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